Yanni ARTICULOS 16 A 21 LOE Lyrics
CAPÍTULO II
Educación primaria
Artículo 16. Principios generales.
1. La educación primaria es una etapa educativa que
comprende seis cursos académicos, que se cursarán ordinariamente
entre los seis y los doce años de edad.
2. La finalidad de la educación primaria es proporcionar
a todos los niños y niñas una educación que permita
afianzar su desarrollo personal y su propio bienestar,
adquirir las habilidades culturales básicas relativas a la
expresión y comprensión oral, a la lectura, a la escritura y
al cálculo, así como desarrollar las habilidades sociales,
los hábitos de trabajo y estudio, el sentido artístico, la
creatividad y la afectividad.
3. La acción educativa en esta etapa procurará la
integración de las distintas experiencias y aprendizajes
del alumnado y se adaptará a sus ritmos de trabajo.
Artículo 17. Objetivos de la educación primaria.
La educación primaria contribuirá a desarrollar en los
niños y niñas las capacidades que les permitan:
a) Conocer y apreciar los valores y las normas de
convivencia, aprender a obrar de acuerdo con ellas, prepararse
para el ejercicio activo de la ciudadanía y respetar
los derechos humanos, así como el pluralismo propio de
una sociedad democrática.
b) Desarrollar hábitos de trabajo individual y de
equipo, de esfuerzo y responsabilidad en el estudio, así
como actitudes de confianza en sí mismo, sentido crítico,
iniciativa personal, curiosidad, interés y creatividad en el
aprendizaje.
c) Adquirir habilidades para la prevención y para la
resolución pacífica de conflictos, que les permitan desenvolverse
con autonomía en el ámbito familiar y doméstico,
así como en los grupos sociales con los que se relacionan.
d) Conocer, comprender y respetar las diferentes
culturas y las diferencias entre las personas, la igualdad
de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y la
no discriminación de personas con discapacidad.
e) Conocer y utilizar de manera apropiada la lengua
castellana y, si la hubiere, la lengua cooficial de la Comunidad
Autónoma y desarrollar hábitos de lectura.
f) Adquirir en, al menos, una lengua extranjera la
competencia comunicativa básica que les permita expresar
y comprender mensajes sencillos y desenvolverse en
situaciones cotidianas.
g) Desarrollar las competencias matemáticas básicas
e iniciarse en la resolución de problemas que requieran
la realización de operaciones elementales de cálculo,
conocimientos geométricos y estimaciones, así como ser
capaces de aplicarlos a las situaciones de su vida cotidiana.
h) Conocer y valorar su entorno natural, social y cultural,
así como las posibilidades de acción y cuidado del
mismo.
i) Iniciarse en la utilización, para el aprendizaje, de
las tecnologías de la información y la comunicación desarrollando
un espíritu crítico ante los mensajes que reciben
y elaboran.
j) Utilizar diferentes representaciones y expresiones
artísticas e iniciarse en la construcción de propuestas
visuales.
k) Valorar la higiene y la salud, aceptar el propio
cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias y utilizar
la educación física y el deporte como medios para favorecer
el desarrollo personal y social.
l) Conocer y valorar los animales más próximos al
ser humano y adoptar modos de comportamiento que
favorezcan su cuidado.
m) Desarrollar sus capacidades afectivas en todos
los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los
demás, así como una actitud contraria a la violencia, a los
prejuicios de cualquier tipo y a los estereotipos s__istas.
n) Fomentar la educación vial y actitudes de respeto
que incidan en la prevención de los accidentes de tráfico.
Artículo 18. Organización.
1. La etapa de educación primaria comprende tres
ciclos de dos años académicos cada uno y se organiza en
áreas, que tendrán un carácter global e integrador.
2. Las áreas de esta etapa educativa son las
siguientes:
Conocimiento del medio natural, social y cultural.
Educación artística.
Educación física.
Lengua castellana y literatura y, si la hubiere, lengua
cooficial y literatura.
Lengua extranjera.
Matemáticas.
3. En uno de los cursos del tercer ciclo de la etapa, a
las áreas incluidas en el apartado anterior se añadirá la de
educación para la ciudadanía y los derechos humanos, en
la que se prestará especial atención a la igualdad entre
hombres y mujeres.
4. En el tercer ciclo de la etapa, las Administraciones
educativas podrán añadir una segunda lengua extranjera.
5. Las áreas que tengan carácter instrumental para la
adquisición de otros conocimientos recibirán especial
consideración.
6. En el conjunto de la etapa, la acción tutorial orientar
á el proceso educativo individual y colectivo del alumnado.
Artículo 19. Principios pedagógicos.
1. En esta etapa se pondrá especial énfasis en la
atención a la diversidad del alumnado, en la atención
individualizada, en la prevención de las dificultades de
aprendizaje y en la puesta en práctica de mecanismos de
refuerzo tan p___to como se detecten estas dificultades.
2. Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas
de las áreas de la etapa, la comprensión lectora, la
expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las
tecnologías de la información y la comunicación y la educaci
ón en valores se trabajarán en todas las áreas.
3. A fin de fomentar el hábito de la lectura se dedicar
á un tiempo diario a la misma.
Artículo 20. Evaluación.
1. La evaluación de los procesos de aprendizaje del
alumnado será continua y global y tendrá en cuenta su
progreso en el conjunto de las áreas.
2. El alumnado accederá al ciclo educativo o etapa
siguiente siempre que se considere que ha alcanzado las
competencias básicas correspondientes y el adecuado
grado de madurez.
3. No obstante lo señalado en el apartado anterior, el
alumnado que no haya alcanzado alguno de los objetivos
de las áreas podrán pasar al ciclo o etapa siguiente siempre
que esa circunstancia no les impida seguir con aprovechamiento
el nuevo curso. En este caso recibirán los
apoyos necesarios para recuperar dichos objetivos.
4. En el supuesto de que un alumno no haya alcanzado
las competencias básicas, podrá permanecer un
curso más en el mismo ciclo. Esta medida podrá adoptarse
una sola vez a lo largo de la educación primaria y
con un plan específico de refuerzo o recuperación de sus
competencias básicas.
5. Con el fin de garantizar la continuidad del proceso
de formación del alumnado, cada alumno dispondrá al
finalizar la etapa de un informe sobre su aprendizaje, los
objetivos alcanzados y las competencias básicas adquiridas,
según dispongan las Administraciones educativas.
Asimismo las Administraciones educativas establecerán
los pertinentes mecanismos de coordinación.
Artículo 21. Evaluación de diagnóstico.
Al finalizar el segundo ciclo de la educación primaria
todos los centros realizarán una evaluación de diagnóstico
de las competencias básicas alcanzadas por sus
alumnos. Esta evaluación, competencia de las Administraciones
educativas, tendrá carácter formativo y orientador
para los centros e informativo para las familias y
para el conjunto de la comunidad educativa. Estas evaluaciones
tendrán como marco de referencia las evaluaciones
generales de diagnóstico que se establecen en el
artícu lo 144.1 de la LOE.
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